martes, 28 de agosto de 2012

La Lista Robinson



La Asociación Española de Economía Digital gestiona el servicio de la LISTA ROBINSON, que es un servicio de exclusión publicitaria.

En otras palabras, es una lista donde puedes darte de alta para evitar el envío de publicidad no deseada.

Ten en cuenta que las empresas que envían publicidad vienen obligadas a consultar dicha lista para no enviar comunicaciones comerciales a quienes estén inscritos en el Servicio, a la hora de enviar publicidad a personas que no sean sus clientes, socios, usuarios, etc. 

Y afecta tanto al envío de publicidad por correo postal, como al hecho por e-mail o por teléfono.

Tú puedes inscribirte en esta lista cuando lo desees, a través de la web de la Asociación Española de Economía Digital.

Aquí tienes el link, por si quieres acceder directamente: 


viernes, 10 de agosto de 2012

Informes de auditoría




Todo profesional o empresa que tenga datos de carácter personal de los que la Ley considera de nivel medio o alto, están obligados, conforme a lo dispuesto en el artículo 96 del RLOPD, a hacer cada dos años una auditoría para comprobación del grado de cumplimiento de las medidas de seguridad exigidas reglamentariamente, así como a recoger las conclusiones de la auditoría en un informe escrito que estará a disposición de la Agencia Española de Protección de Datos u órgano equivalente de la correspondiente Comunidad Autónoma.

Según informe de la Agencia Española de Protección de Datos nº 191/2010, el plazo de conservación de estos informes será de dos años.

Lo que significa que en una inspección, sólo podrían pedirte informes de los dos últimos años y no los anteriores, pues habría prescripción.

jueves, 2 de agosto de 2012

Identidad digital

Si eres un habitual de las redes sociales, blogs, foros, wikis, microblogging, etc, deberías leer la GUÍA SOBRE IDENTIDAD DIGITAL Y REPUTACIÓN ON LINE publicada por INTECO en su web www.inteco.es

Puedes descargártela de forma gratuita en:

lunes, 23 de julio de 2012

Médicos y protección de datos






Siempre me ha sorprendido especialmente la creencia, muy extendida, entre los profesionales de la medicina de que la legislación sobre protección de datos no les afecta.

Los médicos, como cualquier otro profesional que maneja datos personales de sus pacientes, están obligados a adaptarse a la LOPD.

Y por si fuera poco, los datos de salud que tratan, son considerados por la legislación como de nivel alto y por tanto están especialmente protegidos.

Simplemente, cualquier médico que no esté inscrito en el registro de la Agencia Española de Protección de Datos podría ser sancionado con 40.000 euros de multa.

Y saber si está inscrito es tan sencillo como poner su nombre AQUÍ

martes, 17 de julio de 2012

Seguridad dispositivos móviles




La empresa Deloitte Touche ha elaborado un Estudio Global de Seguridad en Tecnología, Medios y Telecomunicaciones 2012, donde se pone de manifiesto que las amenazas aumentan a medida que se introducen y utilizan nuevas tecnologías como la nube, dispositivos móviles y redes sociales. 

El estudio global de Deloitte señala que las principales amenazas son: dispositivos móviles (34%), violaciones de seguridad que involucra a terceros (25%), errores de los empleados u omisiones (20%), adopción más rápida de tecnologías nuevas (18%) y abuso del empleado de los sistemas e información de TI (17%).

“Como se nota, el uso de los dispositivos móviles es considerado como la principal amenaza a la seguridad para 2012; junto con la gama de beneficios que proporcionan al usuario generan también una serie de retos para las compañías relacionados con la confidencialidad de datos, la privacidad del empleado, la distribución y desarrollo de aplicaciones, y el soporte del dispositivo móvil”, concluye el estudio.

martes, 10 de julio de 2012

Opinión sobre Cloud Computing



Recientemente, las autoridades europeas de protección de datos, han dado su opinión sobre los riesgos de la NUBE.

Así, han concluido que:

El aumento del uso de la computación en nube también representa un reto para la protección de los datos. La implantación a gran escala de servicios de computación en nube presenta una serie de riesgos, centrados en la falta de control sobre el uso de los datos de carácter personal y la ausencia de información suficiente acerca de cómo, dónde y quién realizará el tratamiento de los datos.

Al enviar datos personales a los sistemas que gestiona un proveedor de servicios de computación en nube, los clientes de estos servicios dejan de poseer el control exclusivo de estos datos. Esto significa que es posible que no puedan aplicar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar, por ejemplo, la disponibilidad y confidencialidad de los datos, de los que el cliente de los servicios en la nube continúa siendo jurídicamente responsable conforme a la legislación de la UE.

La conclusión más importantes de las citadas autoridades es que las empresas que deseen contratar este tipo de servicios deben hacer antes un análisis exhaustivo y riguroso de los riesgos que de ello se derivan. A tal fin los proveedores de servicios deben ofrecer la máxima información posible para que los clientes puedan evaluar los pros y contras de su utilización.

Puedes consultar el informe completo en este ENLACE


lunes, 2 de julio de 2012

Estadísticas inscripción ficheros



Si tienes curiosidad por conocer las estadísticas de inscripción de ficheros ante el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, puedes consultarlos AQUÍ

Periódicamente la Agencia publica las cifras de las inscripciones, distinguiendo si son altas, moficaciones o supresiones, sin son ficheros públicos o privados, tipo de Administación en el caso de ficheros públicos, nº de inscripciones por Comunidad e incluso provincia, y por sector de actividad.
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