domingo, 24 de junio de 2012

Alta Registro AEPD



Si eres un profesional, empresario, asociación, fundación, organización, administración pública o similar y utilizas datos de carácter personal, inexcusablemente tienes que darte de alta en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos.

Así te lo exigen los artículos 20 y siguientes de la LOPD (según seas una entidad privada o pública, la Ley establece diferencias y especialidades).

La primera duda e inquietud que le surge a mis clientes cuando les explico esta obligación que han de cumplir, es si ellos tienen que comunicarle a la AEPD los nombres, datos y asuntos de su clientela.

La respuesta es que no.

Lo que le comunicas a la AEPD cuando te das de alta en su Registro, son tus datos profesionales (tu nombre, CIF, domicilio, teléfonos, fax e -mail corporativos), el tipo de datos que utilizas y una serie de cuestiones adicionales sobre los mismos.

Pero no tienes que enviar a la AEPD una lista con los datos específicos de tus clientes.

Es un error muy extendido.

¿Para qué iba a querer la Agencia tener ese tipo de datos?

En esto de la protección de datos pasa como con las enfermedades: siempre hay alguien que te ha dicho que el dolor de muelas se pasa poniendo los pies en alto y aplicando hielo sobre la zona...

No hagas caso de los rumores y asesórate como es debido.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...