miércoles, 25 de abril de 2012

¿Mi blog necesita aviso legal?


Es que os encanta escucharme:

           - Pues DEPENDE, oiga. Pues depende.

En resumidas cuentas puede decirse que, si gracias  a tu blog obtienes algún tipo –directo o indirecto- de beneficio económico, tendrás que adaptarlo a la LSSI y por tanto insertarle el correspondiente aviso legal.

En caso contrario, no.

¿Y si en mi blog me dedico única y exclusivamente a contar las peripecias diarias de mis asuntos personales, pero tengo algún banner publicitario de alguna empresa o profesional, aunque no tengan nada que ver conmigo?

Pues pasa que casi con toda seguridad también vas a tener que adaptarte a la LSSI, porque lo lógico es que estés cobrando por tener esa banner en tu blog y con eso ya estás obteniendo el referido beneficio económico.

Los blogs meramente personales, sin relación con actividad profesional o empresarial alguna y que no tengan ningún tipo de publicidad, quedan excluidos del ámbito de aplicación de la Ley.

Si no estás seguro, mejor infórmate, porque errores de ese tipo se pueden pagar muy caros.

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