En más de una ocasión, he tenido noticias de titulares de datos que dirigen su petición de cancelación de datos directamente ante la Agencia Española de Protección de Datos.
No es ese el procedimiento correcto.
En primer lugar, la solicitud de cancelación se dirigirá, con los debidos formalismos legales (ver artículos 31 y siguientes del Reglamento de desarrollo de la LOPD), al responsable de fichero (es decir a la entidad, persona, o empresa que trate tus datos), y sólamente en el caso de que no recibas respuesta en tiempo y forma, podrás dirigirte a la Agencia Española de Protección de Datos.
Así de claro te lo dice la propia Agencia, por ejemplo, en su resolución nº 3117 del año 2012. Exactamente se indica que:
"El titular de los datos puede ejercitar su
derecho de cancelación o rectificación de sus datos personales mediante escrito
dirigido al responsable del fichero de la entidad de que se
trate.
El ejercicio del derecho de cancelación o rectificación es personalismo, lo que significa que el titular de los datos personalmente deberá dirigirse a dicha entidad, salvo poder expreso y por escrito del titular de los datos y fotocopia de los dos DNI (del titular de los datos y su representante) utilizando cualquier medio que permita acreditar el envío y la recogida de su solicitud, para el ejercicio de sus derechos, acompañando copia de su D.N.I.
Por tanto, el escrito de solicitud del ejercicio del derecho que se pretende realizar no debe dirigirse a esta Agencia Española de Protección de Datos, ya que ésta no tiene los datos personales que se contienen en el escrito recibido y citado anteriormente.
En consecuencia con lo anterior, se observa que al no aportase los documentos que acrediten haber solicitado la cancelación no puede interpretarse el escrito de solicitud recibido como una reclamación de tutela de derechos.
Por tanto, deberá dirigirse a la empresa u Organismo responsable solicitándole el derecho de cancelación.
Posteriormente en el supuesto de que en el plazo de 10 días hábiles no recibiese contestación o esta fuese insatisfactoria, puede presentarse reclamación de tutela de derechos."
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