Los economistas y asesores fiscales, en su gran mayoría, tratan en su profesión datos de carácter personal contínuamente y no sólo de sus clientes, sino también de los clientes de sus clientes y de los trabajadores de sus clientes, asumiendo por tanto la figura de encargados de tratamiento, como terceros que acceden a datos, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la LOPD.
Si eres economista o asesor fiscal no tienes excusa para no adaptarte a la normativa sobre protección de datos de carácter personal, que te es totalmente aplicable. La falta de adaptación conlleva multas que oscilan entre los 900 y los 600.000 euros.
Además, si actúas como encargado de tratamiento (que es lo normal) y no estás adaptado a la LOPD, tus clientes también podrían incurrir en incumplimiento legal por el hecho de contratarte, ya que el artículo 20.2 del RLOPD indica claramente que "Cuando el responsable del tratamiento contrate la prestación de un
servicio que comporte un tratamiento de datos personales sometido a lo
dispuesto en este capítulo deberá velar por que el encargado del
tratamiento reúna las garantías para el cumplimiento de lo dispuesto en
este Reglamento."
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