Con mucha más frecuencia de lo
que popularmente se cree, se llevan a cabo transferencias internacionales de
datos.
Supongamos que tienes un software
de gestión de clientes al que accedes por internet y que los datos que allí guardas
se ubican físicamente en un servidor situado fuera de España. Es algo que
ocurre con mucha frecuencia en la utilización de la famosa “Nube”.
Si el servidor ajeno está ubicado
en un país europeo, lo normal es que no tengas ningún problema y no tengas que
hacer nada especial.
Pero si está fuera de Europa,
empiezan los problemas.
Dice el artículo 33 de la LOPD
que:
Artículo 33. Norma general.
1. No podrán realizarse transferencias temporales ni definitivas de datos de
carácter personal que hayan sido objeto de tratamiento o hayan sido recogidos
para someterlos a dicho tratamiento con destino a países que no proporcionen un
nivel de protección equiparable al que presta la presente Ley, salvo que,
además de haberse observado lo dispuesto en ésta, se obtenga autorización
previa del Director de la Agencia Española de Protección de Datos, que sólo
podrá otorgarla si se obtienen garantías adecuadas.
2. El carácter adecuado del nivel de protección que ofrece el país de
destino se evaluará por la Agencia Española de Protección de Datos atendiendo a
todas las circunstancias que concurran en la transferencia o categoría de
transferencia de datos. En particular, se tomará en consideración la naturaleza
de los datos, la finalidad y la duración del tratamiento o de los tratamientos
previstos, el país de origen y el país de destino final, las normas de derecho,
generales o sectoriales, vigentes en el país tercero de que se trate, el
contenido de los informes de la Comisión de la Unión Europea, así como las
normas profesionales y las medidas de seguridad en vigor en dichos países.
O sea, que tienes que prestarle mucha atención a este tema, y en función
de a qué país transfieras la información,
tendrás que pedir o no autorización al Director de la Agencia.
No obstante, el artículo 34 de la LOPD plantea una serie de excepciones,
alguna de ellas muy interesante. Asesorarte previamente te será de mucha
utilidad y te podrá ahorrar trámites innecesarios y complicaciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario